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Preguntas frecuentes

"Desecharon mi caso."

En esta página

La respuesta breve

Normalmente no es el final — pero el reloj para arreglarlo es corto, así que lea esto hoy y no este mes.

Casi todos los desechamientos son por inactividad y no por el fondo, y casi todos son sin perjuicio. Lo que importa ahora es cuál le tocó y hace cuánto.

Primero: averigüe de qué tipo fue

Vea la orden misma. Las dos palabras que importan son "with prejudice" (con perjuicio) o "without prejudice" (sin perjuicio).

Sin perjuicio significa que el caso se cerró pero el reclamo no se decidió. Sujeto al plazo de prescripción, por lo general se puede volver a presentar.

Con perjuicio significa que se resolvió en su contra y no cabe volver a presentar. Es mucho menos común, y es el que necesita atención inmediata.

Si no puede saberlo, o si nunca recibió la orden, eso también es significativo — no lo pueden dar por notificado de algo que nunca le llegó.

Por qué normalmente pasó

Inactividad. Los casos que se quedan sin DOR y sin movimiento se desechan administrativamente. Es la razón más común por mucho, y le pasa seguido a gente que creía que su caso simplemente estaba esperando.

Faltar a una audiencia. No comparecer puede producir un desechamiento o una orden adversa.

Un abogado anterior que dejó de trabajar el expediente y no le avisó. Es más común de lo que debería. Si quiere cambiar de abogado.

Las rutas de regreso — y sus relojes

Petición de reconsideración: 20 días desde la notificación de una orden final. Es corto y es jurisdiccional. Agregue cinco días si se notificó por correo dentro de California.

Nota para 2026 — esta regla cambió, y casi todo el material publicado no se ha actualizado. El Código Laboral § 5909 da por negada una petición de reconsideración (petition for reconsideration) salvo que la Junta de Apelaciones (Appeals Board) actúe dentro de 60 días. Desde el 2 de julio de 2024, bajo la AB 171 (Stats. 2024, cap. 52), esos 60 días corren desde la fecha en que un juez de primera instancia (trial judge) transmite (transmits) el caso a la Junta. Esa versión estaba escrita para vencer el 1 de julio de 2026 y devolverle el disparador a la fecha de presentación. Nunca lo hizo: la SB 171 (Stats. 2026, cap. 83), promulgada el 13 de julio de 2026, eliminó el vencimiento y derogó la versión que corría desde la presentación. La transmisión es el disparador más tardío, así que una petición se da por negada después de lo que anunció la reversión que describen casi todos los artículos. La línea de tiempo completa.

Petición para reabrir o dejar sin efecto. La Junta tiene jurisdicción continua bajo los §§ 5803 y 5804, por lo general dentro de cinco años desde la fecha de lesión — y esos cinco años corren desde la lesión, no desde el desechamiento.

Volver a presentar. Cuando el desechamiento fue sin perjuicio, puede caber una nueva Application si el plazo del § 5405 no se ha vencido.

Preguntas frecuentes

Nunca me llegó nada.

Dígalo expresamente y por escrito, con la dirección que tenían registrada. La notificación defectuosa importa mucho aquí.

Ya pasaron más de 20 días.

Entonces la ruta de reconsideración probablemente se cerró, pero los §§ 5803 y 5804 y el plazo de cinco años del § 5410 siguen ahí. Llame hoy.

¿Pierdo el tratamiento mientras tanto?

Consiga la orden y las fechas primero. Lo que se puede hacer depende de eso.

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Consulta gratuita. Sin honorarios a menos que recuperemos. Usted no es responsable de los costos que adelantemos si no hay recuperación.

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Fuentes

Código Laboral § 5900, § 5903 (reconsideración; 20 días) · § 5909 (60 días desde que un juez de primera instancia transmite el caso a la Junta; disparador hecho permanente por la SB 171, Stats. 2026, cap. 83) · § 5803, § 5804 (jurisdicción continua) · § 5405 (un año) · § 5410 (cinco años desde la fecha de lesión).

Información general sobre la ley de California; no es asesoría legal sobre su caso.

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Impreso de https://www.solovteitell.com/es/desecharon-mi-caso/ · Actualizado 2026-08-23